RECORDAD:

La apertura de las oficinas al público no podrá hacerse nunca sin tener custodiado el efectivo que deberá estar guardado correctamente ( recicladores, cajeros, cajas fuertes…), en todo momento, tal y como marca el Reglamento de seguridad privada.

No se debe de abrir ningún elemento de custodia de efectivo( recicladores, cajeros,…) con clientes dentro de la oficina, esperando a la salida del último cliente de la oficina, tal y como indica la norma.

Debemos de cumplir la normativa a rajatabla, ya que también podemos estar poniendo en peligro nuestro puesto de trabajo.