El trienio generado durante la vigencia del

Convenio de la Precariedad será del 2% en lugar del 4%.

La pérdida salarial acordada, en materia de trienios para los empleados del sector, por los sindicatos firmantes del Convenio Colectivo: CCOO, UGT y CSCIA-FINE quedó resuelta el pasado 20 de diciembre, según nos ha confirmado la patronal CECA, con fecha 8 de enero, al no haber alcanzado ningún “acuerdo” en materia de transformación del sistema de antigüedad.

La consecuencia inmediata para los trabajadores cuyos niveles están comprendidos entre el VIII y el I (son los que actualmente generan trienios), el trienio que se consolida durante la vigencia de este convenio se consolidará al 2% en vez de al 4% según reconoce nuestro convenio, al haber estado suspendida su generación durante 18 meses, suspensión que acordaron los sindicatos firmantes mientras negociaban-estudiaban en la comisión, para no llegar a ningún acuerdo.

Para saber cuánto nos supone a los trabajadores esta nueva pérdida salarial, nos vamos a la tabla salarial vigente para el año 2017, anexo 3 del Convenio Colectivo publicado en el BOE, de donde obtenemos la siguiente tabla:

12 pagas 1 paga 2%

Pérdida anual en 12 pagas

Nivel I 31.391,69 2.615,97€ 52,32 €

627,83 €

Nivel II

26.429,29 2.202,44€ 44,05 €

528,59 €

Nivel III

23.455,65 1.954,64€ 39,09 € 469,11 €

Nivel IV

22.179,34 1.848,28€ 36,97 €

443,59 €

Nivel V

21.474,05 1.789,50€ 35,79 €

429,48 €

Nivel VI

20.768,82 1.730,74€ 34,61 €

415,38 €

Nivel VII 19.827,92 1.652,33€ 33,05 €

396,56 €

Nivel VIII

19.162,93 1.596,91€ 31,94 €

383,26 €

A la cantidad anual resultante hay que multiplicarla por el número de años que te queda hasta la jubilación. 12 pagas es el mínimo de pagas donde se cobra la antigüedad en nuestro sector, habiendo entidades donde se abona este concepto en un número mayor de pagas.

Estos son los números, vuestras son las valoraciones. Esperamos que cuando algún sindicato de los firmantes de este convenio intente convencerte de las “magnificencias” a las que sucumbieron, dispongas de los datos para argumentar por qué CIC lo ha denominado desde su firma el “Convenio de la Precariedad”.