Como si no hubiera bastantes problemas, esta semana y para sorpresa de muchos, nos hemos encontrado con
la eliminación de la tarde libre de “jueves” (o día correspondiente) que veníamos disfrutando hasta ahora de
forma unilateral (como ya es costumbre) por parte de la empresa.

Esta tarde de libranza viene recogida en el acuerdo laboral de fusión 2010, el cual, en el punto nº 5 – jornada
y tiempo de trabajo (pág 16), recoge:

“JORNADA Y TIEMPO DE TRABAJO.
Desde la fecha de efectividad de la fusión será de aplicación el régimen de jornada y horario
de trabajo y tiempos de formación vigentes actualmente en Caixanova, respetándose, no
obstante, los regímentes de jornadas singulares y horarios especiales existentes en ambas
Entidades. Todas las trabajadoras y trabajadores de la nueva Entidad gozarán de un jueves
por la tarde libre a lo largo del año de los definidos como laborables en el convenio colectivo
del sector”.

El convenio colectivo 2019-2023 (o convenio de recortes) dice:

“Un dia de libre disposición durante el año 2019. Dos días de libre disposición a partir del año 2020. El día
correspondiente al año 2020 se podrá disfutar hasta el 31 de marzo del 2021. En este caso únicamente será
necesario el previo aviso”.

Después de comprobar la eliminación de dicho permiso, desde ASCA y ante su consulta en este sentido,
contestan desde RR.HH:

“Actualmente en el convenio colectivo 2019-2023 art. 39 ya no está recogida la libranza de una tarde libre,
por tanto ya no se puede disfrutar”

Sorprende que pese a que según ellos no lo recoge el convenio colectivo, durante los años 20/21 y 11 meses
del año 22 se ha permitido disfrutar de este permiso al personal.

¿Qué sentido tiene No permitir a la plantilla que no lo ha disfrutado hasta la fecha dicho permiso frente a una parte que Si los ha podido disfrutar? Ya son ganas de jod**.

Hemos puesto en manos de los abogados este asunto, ya que salvo que encontremos expresamente entre los
abundantes y diferentes acuerdos firmados entre la entidad y una gran parte de los representantes de los
trabajadores su derogación, nosotros entendemos que tenemos derecho a esa tarde y no renunciaremos a
ella, por lo que presentaremos de nuevo y una vez más, un nuevo conflicto colectivo.