El 27 de noviembre hemos sido convocados a una reunión extraordinaria de la mesa de igualdad, con el único orden del día “información sobre la posible afectación del acuerdo de 30 de mayo de 2024 a medidas de flexibilidad horaria, adaptación de jornada y reducción de jornada de nuestro catálogo de medidas de conciliación”.
Derivado del mencionado acuerdo sobre horarios y a raíz de los procesos iniciados para la selección de horario general o flexible por el personal, se han dado circunstancias que requieren una solución, entre ellos, el personal con reducción de jornada y medidas de conciliación.
La empresa se compromete a mantener (hasta el vencimiento en 2025) las reducciones de jornada en las mismas condiciones del Plan de Igualdad actual, aunque no se llegue al mínimo establecido por ley (entre 1/8 y la ½ de la jornada), pudiendo solicitarse la salida a las 14,30h ajustando así el porcentaje correspondiente en cada caso.
ASCA preguntó que pasa con el complemento del personal de Conecta vinculado a hacer dos o tres tardes:
Las personas en reducción de jornada, ¿Lo van a cobrar?
La empresa no dio respuesta, siendo éste un tema determinante a la hora de elegir horario, pues en caso de no cobrarlo por estar en reducción de jornada, el horario general sería más favorable al suponer un porcentaje menor de reducción.
La empresa se ha negado a negociar un nuevo Plan de Igualdad y a abordar otras medidas de conciliación como el teletrabajo o traslados a centros de trabajo cercanos al domicilio de los trabajadores y adaptación de jornada.