En el mes de Julio se nos traslada a la RLT, las compensaciones en materia de formación LCI que Abanca aprueba unilateralmente.

Compensaciones:

Para los que se examinen el 8 de octubre

  • 2 jornadas de descanso a disfrutar entre octubre y marzo 2020
  • 3 tardes de martes entre 17 de septiembre y 8 de octubre libres
  • Una hora de cada jornada laboral en el período de formación, de 8,00 a 9,00 horas.

Para los que se examinen el 26 de noviembre, 11 de febrero y 21 de abril.

  • Las tardes de los martes durante el período de preparación para estudio
  • Una hora de cada jornada laboral en el período de formación, de 8,00 a 9,00 horas

Desde ASCA hemos consultado como compensar la hora de estudio (de 8 a 9 horas) si no es posible utilizarlas (reducción de jornada, falta de personal, …) y nos han trasladado “ analizaremos esos casos particulares con sus responsables y sus socios de negocio, que nos remitan el caso y lo analizaremos”.

PD. Por favor, lo que nos da el Estatuto de los Trabajadores, que no nos lo vendan como un logro. Gracias

Art. 23 E. T.d) A la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. La misma correrá́ a cargo de la empresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal efecto los créditos destinados a la formación. El tiempo destinado a la formación se considerará en todo caso tiempo de trabajo efectivo.